Derecho Tributario

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Derecho Tributario

 

Derecho Tributario

  Como aquel conjunto de normas que regulan los tributos que son los ingresos públicos más importantes ya que son los más regulados y estudiados.

  •  Para entender la noción de Derecho Tributario, nos basaremos en la definición que hace del mismo el profesor ALBIÑANA, que establece que:


Derecho Tributario

 

“Es el conjunto de principios y normas de naturaleza jurídica, que gobiernan la obtención efectiva de tributos –entendidos como tasa, impuestos y contribuciones especiales-, y esta obtención efectiva de tributos se realizará en base al principio de legalidad, y que determinará las obligaciones presupuestarias de los sujetos pasivos a la actividad de la Administración Pública para su liquidación y recaudación”.

 

•  Siguiendo la exposición del ALBIÑANA, dentro del Derecho Tributario, cabe distinguir:

 

•  una parte general , que corresponde con el contenido de la Ley General Tributaria, abarcando los aspectos de principios generales, clasificación de los tributos, etc –se establecen los elementos que definirán la obligación tributaria

•  una parte especial , que vendría determinada por las disposiciones específicas de cada tributo.

  •  Las características fundamentales del Tributo son:

•  Es una prestación coactiva,

•  Es una prestación pecuniaria,

•  Tiene la función de asegurar al ente público los medios necesarios para la financiación de los servicios públicos.

 

•  A la vez el poder del Estado en materia tributaria se limita a través de dos principios fundamentales:

•  Principio de legalidad , nadie está obligado a pagar tributos que no hayan sido establecidos mediante ley. La relación tributaria es una relación obligacional ex-lege, en cuanto surge de la aplicación de la Ley aprobada y en consecuencia la relación jurídica tributaria es una relación obligacional.

•  Principio de capacidad contributiva , los ciudadanos sólo estarán obligados a contribuir a las cargas públicas en proporción a su capacidad contributiva.

Esta concepción de la relación tributaria, como obligación, es consecuencia de la concepción del Estado como Estado de Derecho, que prima la Ley sobre el Poder Político, y de ello deriva la posibilidad de subdividir el Derecho Tributario en dos partes:

 

•  Derecho tributario material, que comprende el conjunto de normas jurídicas que disciplinan la relación jurídica tributaria,

•  Derecho Tributario formal, que comprende el conjunto de normas jurídicas que disciplinan la actividad administrativa fundamental que tiene por objeto asegurar el cumplimiento de las relaciones tributarias sustantivas y las que surgen entre la Administración Pública y los particulares como consecuencia del desenvolvimiento de esta actividad.

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