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Derecho Tributario
Derecho Tributario
Como aquel conjunto de normas que regulan los tributos que son los ingresos públicos más importantes ya que son los más regulados y estudiados.
• Para entender la noción de Derecho Tributario, nos basaremos en la definición que hace del mismo el profesor ALBIÑANA, que establece que:

“Es el conjunto de principios y normas de naturaleza jurídica, que gobiernan la obtención efectiva de tributos –entendidos como tasa, impuestos y contribuciones especiales-, y esta obtención efectiva de tributos se realizará en base al principio de legalidad, y que determinará las obligaciones presupuestarias de los sujetos pasivos a la actividad de la Administración Pública para su liquidación y recaudación”.
• Siguiendo la exposición del ALBIÑANA, dentro del Derecho Tributario, cabe distinguir:
• una parte general , que corresponde con el contenido de la Ley General Tributaria, abarcando los aspectos de principios generales, clasificación de los tributos, etc –se establecen los elementos que definirán la obligación tributaria
• una parte especial , que vendría determinada por las disposiciones específicas de cada tributo.
• Las características fundamentales del Tributo son:
• Es una prestación coactiva,
• Es una prestación pecuniaria,
• Tiene la función de asegurar al ente público los medios necesarios para la financiación de los servicios públicos.
• A la vez el poder del Estado en materia tributaria se limita a través de dos principios fundamentales:
• Principio de legalidad , nadie está obligado a pagar tributos que no hayan sido establecidos mediante ley. La relación tributaria es una relación obligacional ex-lege, en cuanto surge de la aplicación de la Ley aprobada y en consecuencia la relación jurídica tributaria es una relación obligacional.
• Principio de capacidad contributiva , los ciudadanos sólo estarán obligados a contribuir a las cargas públicas en proporción a su capacidad contributiva.
Esta concepción de la relación tributaria, como obligación, es consecuencia de la concepción del Estado como Estado de Derecho, que prima la Ley sobre el Poder Político, y de ello deriva la posibilidad de subdividir el Derecho Tributario en dos partes:
• Derecho tributario material, que comprende el conjunto de normas jurídicas que disciplinan la relación jurídica tributaria,
• Derecho Tributario formal, que comprende el conjunto de normas jurídicas que disciplinan la actividad administrativa fundamental que tiene por objeto asegurar el cumplimiento de las relaciones tributarias sustantivas y las que surgen entre la Administración Pública y los particulares como consecuencia del desenvolvimiento de esta actividad.
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